Corpus Christi (C)

ME COMENTAN ALGUNAS PERSONAS QUE DESEAN HACER COMENTARIOS, PERO QUE NO LES ES POSIBLE. NO SE LO PERMITE EL ORDENADOR O EL BLOG O INTERNET. EN ESTOS CASOS, OS PROPONGO QUE, SI OS PARECE, ME MANDEIS EL COMENTARIO A MI DIRECCION (andrespd1984@gmail.com) Y YO OS "SUBO" EL COMENTARIO AL BLOG.
10-6-2007 CORPUS CHRISTI (C)
Gn. 14, 18-20; Slm. 109; 1 Co. 11, 23-26; Lc. 9, 11b-17
- Celebramos hoy el día del Cuerpo y de la Sangre de Jesucristo. Esta festividad procede de la Edad Media. Su origen histórico es el siguiente: Berengario de Tours (+ 1088) negó la presencia real de Cristo en la Eucaristía. Igualmente los herejes cátaros, albigen­ses y valdenses negaron esta verdad de fe. Como reacción la Iglesia, los fieles fomentaron mucho la devoción eucarística y, en esta época, abundan las noticias sobre milagros eucarísticos (por ejemplo, Bolzano es una villa italiano un tanto al norte de Roma. En la Edad Media venía en peregrinación un sacerdote alemán a Roma. Este sacerdote tenía serias dudas de la presencia real de Cristo en la Eucaristía. Un día celebrando la Misa en una iglesia de Bolzano, este sacerdote tenía entre sus manos el pan eucarístico y, dudando que allí estuvieran realmente Jesús resucitado, dicho pan eucarístico se convirtió en un trozo sangrante de corazón humano. La sangre manchó el ara o el corporal sobre el altar, y el sacerdote ya no tuvo jamás dudas. Aún hoy se venera en Bolzano ese ara o ese corporal manchado en sangre. También está el famoso caso de S. Antonio de Padua y el asno que adoró el Santísimo haciendo una genuflexión).
Pues bien, una religiosa belga (la beata Juliana de Canillon), a través de unas revela­ciones del Señor, luchó por difundir la devoción a la presencia real de Cristo en las especies consagradas. De este modo, el Papa Urbano IV, con la bula ‘Transiturus’ del 11-VIII-1264, manda que se celebre en toda la Iglesia la fiesta de los Santísimos Cuerpo y Sangre de Jesús en el jueves posterior a la Santísima Trinidad. Rápidamente se extendió la celebración de esta festividad. Así, en Cataluña se introdujo en 1314, en Inglaterra en 1325, en Roma en 1350. El Papa no había dicho nada de proce­siones después de la Misa, pero en seguida se introdujeron y, al principio, se hacían en copones o custodias cubiertos, pero pronto se pasó a las custodias actuales para que el pueblo pudie­se ver y adorar al Cristo Eucarístico.
- Después de esta breve introducción histórica y, si me lo permitís, hoy os voy a dar otra clase de derecho canónico sobre el sacramento de la Eucaristía:
En el canon 898 dice que los fieles hemos de tributar la máxima veneración a la santísima Eucaristía y reseña el canon tres modos de hacerlo:
1) tomando parte activa en la celebración de la Misa. Parte activa con cantos, oraciones vocales en alto, silencios, posturas de atención y adoración[1];
2) recibiendo la Sagrada Comunión frecuentemente y con mucha devoción;
3) dándole culto con suma adoración. Quedándose un poco después de la Misa para adorar al Cristo Eucaristía que llevamos en nuestro pecho. Llegando un poco antes a la Misa para serenar nuestro espíritu y nuestra mente de las tensiones de la calle y de la casa y poder así preparar nuestro ser para recibir a Cristo Eucaristía.
En el canon 910 se dice que los ministros ordinarios para dar la comunión son el obispo, el sacerdote y el diácono. Los ministros extraordinarios son aquellos fieles laicos designados establemente por el Obispo y aquellos que, en casos de necesidad, el sacerdote celebrante les dé este encargo para cada caso, por ejemplo, cuando hay bastante gente para comulgar y necesita que se le ayude a repartirla. Estos ministros extraordinarios han de ser fieles laicos de experiencia de Dios, de formación adecuada y de rectitud en su vida moral.
En el canon 912 se dice que pueden recibir la Sagrada Comunión los bautizados, pero con las debidas disposiciones espirituales y morales. No pueden recibirla las personas que no estén bautizadas, ya que el Bautismo es la “puerta de entrada” para los demás sacramentos.
En el canon 913 se dice que se puede dar la Comunión a los niños con las siguientes condiciones: que tengan suficiente conocimiento racional, que tengan una preparación cuidadosa, que entiendan el misterio de Cristo en la medida de su capacidad, y que puedan recibir el Cuerpo del Señor con fe y devoción. Antes de recibir la Comunión, deben de haber confesado sacramentalmente (canon 914). Reseño este último canon ante los abusos que se dan en ciertas parroquias, en donde no permiten que los niños se confiesen, porque a esa edad (dicen los párrocos o catequistas) no se tiene pecados y para no traumatizar a los niños. Todo lo más, se les dice a los niños que escriban las cosas malas que hacen en un papel y que echen los papeles en un fuego, para que dicho fuego haga desaparecer sus pecados. Por todo esto, no es demasiado extraño que haya jóvenes, que se acercan a casarse con 29 ó 34 años, y no se hayan confesado en su vida, ni siquiera para hacer la Primera Comunión.
No se puede admitir a la Comunión eucarística a los excomulgados (por ejemplo, por un aborto sin haber recibido antes la absolución del Obispo o de un sacerdote dotado de la potestad de quitar una excomunión) ni a los que perseveren en pecado grave (por ejemplo, por robo y no devolución de lo robado, por rencor hacia otras personas[2], etc.) (canon 915).
En el canon 916 se dice que, quien tenga conciencia de pecado grave, no debe de acercarse a comulgar sin haberse confesado antes (por favor, que no nos pase más de dos meses sin confesarnos). Sin embargo, hay una excepción a esta norma, ya que puede acercarse a comulgar el fiel, si hay un motivo grave (por ejemplo, el funeral o la boda o la Primera Comunión de un familiar muy cercano) y no haya posibilidades de confesarse en ese instante. Pero el fiel ha de hacer un acto de contrición perfecta y proponerse confesarse sacramentalmente cuanto antes.
Quien recibió ya una vez la Eucaristía, puede de nuevo en el mismo día, una vez más recibirla. Si el fiel estuviera en peligro de muerte, después de haber comulgados dos veces en un mismo día, puede volver a comulgar ese día como viático (canon 917).
Antes de recibir la Comunión se ha de guardar una hora de ayuno. No rompe el ayuno eucarístico el agua o las medicinas. Los ancianos, enfermos y quienes los cuidan no están obligados a guardar la hora de ayuno (canon 919).
Se puede comulgar en la boca o en la mano. En este último caso, se ha de procurar tener las manos limpias y llevar la Sagrada Forma a la boca delante del sacerdote y nunca yendo de vuelta para el banco. El sacerdote deposita la Forma en la palma de la mano (nunca el fiel la coge de los dedos del sacerdote), y sólo entonces el fiel la recoge de su palma y se la lleva a la boca.
[1] Recuerdo que en cierta ocasión estaba celebrando una Misa para niños y les hacía preguntas en la homilía. De repente, uno niño de unos 7 años alzó la mano y, sin que viniera a cuento con lo que se estaba hablando en ese momento, dijo al micrófono: “Mi hermano mayor, de 10 años, no quiere venir a la Misa, porque dice que se aburre.” Todos quedamos cortados. Enseguida le pregunté: “¿Y tú no te aburres?” A lo que el niño respondió: “No, yo no me aburro, porque yo atiendo.”
[2] “Si en el momento de llevar tu ofrenda al altar recuerdas que tu hermano tiene algo contra ti, deja allí tu ofrenda delante del altar y vete primero a reconciliarte con tu hermano; luego vuelve y presenta tu ofrenda” (Mt. 5, 23-24).